
Si "Adriana Gil" (la ex+ista que cantaba canciones zurdas mientras acullicaba) es "realmente" la que firma y comenta en este sitio, "ella" sabe a lo que se refiere.
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Un memento político para los que quieren refundir el país y transformarlo en la REPÚBLICA COCALERA de BOLIVIA (RCB) Las falacias del socialismo ciegan a un cocalero que con ayuda de millones de tontos útiles (y una piara de esbirros zurdos) quiere imponer al resto del país en nombre de la democracia un modelo cubano-venezolano ya totalmente fracasado tanto en lo social como en lo económico.
"Con mi Gobierno ha bajado la corrupción, que durante años fue, junto con el modelo neoliberal, el peor enemigo de Bolivia"Esperemos un par de años... Toda hez aflora a la superficie.
El indígena es incorruptible... mientras tenga los millones (y el poder) necesarios para no corromperse ---Manechi Afónico, homínido mestizo
Tema: Modifica el Artículo 6 de la Ley 3364, complementándolo con el siguiente texto:Qué cambió el plumazo de la Ley 3364?:
"Se faculta al Presidente de la Asamblea Constituyente convocar a Sesiones, en cualquier lugar del territorio nacional".
..........Con esa última ley "se posibilita" que S. Lazarte (MASista) convocara sus sesiones donde le diere la gana (o le dijeran los jefes de su partido)
CAPITULO II
CONVOCATORIA, COMPOSICIÓN Y SEDE
ARTICULO 4ª (Convocatoria a la Asamblea Constituyente). Se convoca a Asamblea Constituyente sobre la base de las prerrogativas constitucionales mencionadas en el Artículo 1ª de la presente Ley, con el objeto de efectuar una reforma total de la Ley Fundamental del Estado Boliviano. La forma, contenido, condiciones y alcances de la convocatoria son establecidas por la presente Ley.
La elección de Constituyentes se realizará el día domingo 2 de julio del año 2006.
La instalación de la Asamblea Constituyente será el día 6 de agosto del año 2006.
ARTICULO 5ª (Número de Constituyentes). La Asamblea Constituyente estará conformada por 255 Constituyentes, todos ellos iguales en jerarquía, derechos y obligaciones.
ARTICULO 6ª (Sede de la Asamblea). La Asamblea Constituyente tendrá su sede en la ciudad de Sucre, Capital Constitucional de la República.
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