Foto: dpa
Así dibujó la testigo al asesino.
Un memento político para los que quieren refundir el país y transformarlo en la REPÚBLICA COCALERA de BOLIVIA (RCB) Las falacias del socialismo ciegan a un cocalero que con ayuda de millones de tontos útiles (y una piara de esbirros zurdos) quiere imponer al resto del país en nombre de la democracia un modelo cubano-venezolano ya totalmente fracasado tanto en lo social como en lo económico.
Como analfabetos puros o absolutos se define a quienes no conocen los signos del idioma o, si los conocen, tienen un manejo precario. Se incluyen en este grupo aquellas personas que nunca han asistido a la escuela y que por primera vez se ponen en contacto con letras y números.
Para referirse a analfabetos por desuso o regresivos (semi-iletrados) se han designado a quienes han logrado determinadas habilidades de lectoescritura, pero al no practicarlas las han olvidado, regresando a la categoría de analfabetos absolutos. Estas personas han asistido en algún momento a la escuela, pero la abandonaron por diferentes motivos.
Como analfabetos funcionales se tratarán aquellas personas que teniendo habilidades elementales de lectura y escritura, no les son suficientes para desenvolverse en las sociedades letradas.
"in Palestine there are Muslims, Christians and Jews who live together"."We love everyone in the world – Jews, Christians, Muslims, non-Muslims, non-Jews, non-Christians...We are against occupation, aggression, killings and displacing people – otherwise we have no problem with ordinary people".
Derechos fundamentales.
1. m. pl. Los que, por ser inherentes a la dignidad humana y por resultar necesarios para el libre desarrollo de la personalidad, suelen ser recogidos por las constituciones modernas asignándoles un valor jurídico superior.
Derecho
9. m. Facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida.
10. m. Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite en ella.
14. m. Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva.
15. m. Ciencia que estudia estos principios y preceptos.
1. m. Parte del ordenamiento jurídico, que regula la Administración Pública, su organización y sus servicios, así como sus relaciones con los ciudadanos.
1. m. El creado al amparo de una legislación y que merece respeto de las posteriores. U. m. en pl.
1. m. El que regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí.
derecho constitucional.
1. m. El derivado de la Constitución.
derecho de pernada.
1. m. derecho que se ha atribuido al señor feudal, por el que este yacía con la esposa del vasallo recién casado.
2. m. coloq. Ejercicio abusivo del poder o de la autoridad.
derecho de réplica o rectificación.
1. m. El que concede o reconoce la ley de imprenta a la persona aludida expresamente en un periódico para contestar desde este a las alusiones que se le hayan dirigido.
1. m. El que se paga por el tabaco elaborado al ser introducido en España.
derecho escrito.
1. m. Ley escrita y promulgada, a diferencia de la establecida por tradición y costumbre.
1. m. El que regula las relaciones entre los Estados.
1. m. Conjunto de primeros principios de lo justo y de lo injusto, inspirados por la naturaleza y que como ideal trata de realizar el derecho positivo.
1. m. El que establece y regula la reprensión o castigo de los crímenes o delitos, por medio de la imposición de las penas.
derecho político.
1. m. El que regula el orden y funcionamiento de los poderes del Estado y sus relaciones con los ciudadanos.
1. m. El establecido por las leyes vigentes.
1. m. El relativo a los procedimientos civiles y criminales.
1. m. El que tiene por objeto regular el orden general del Estado y sus relaciones, ya con los súbditos, ya con los demás Estados.
derecho al pataleo.
1. m. coloq. Última y vana actitud de protesta que adopta o puede adoptar el que se siente defraudado en sus derechos.
25. (Por la posición que ocupaban los componentes en las asambleas de la Revolución Francesa). f. En las asambleas parlamentarias, los representantes de los partidos conservadores.
26. f. Conjunto de personas que profesan ideas conservadoras.
derechista.
(De derecha).
1. adj. Perteneciente o relativo a la derecha política.Ofensiva derechista. Filas derechistas.
2. adj. Propio o característico de la derecha política.Ideas derechistas.
3. com. Persona que profesa los ideales de la derecha política.
izquierdista.
1. adj. Perteneciente o relativo a la izquierda política.Ofensiva izquierdista. Filas izquierdistas.
2. adj. Propio o característico de la izquierda política.Ideologia izquierdista.
3. com. Persona que profesa los ideales de la izquierda política.
principio. (Del lat. principium) 1. m. Primer instante del ser de algo.
3. m. Base, origen, razón fundamental sobre la cual se procede discurriendo en cualquier materia.
5. m. Cada una de las primeras proposiciones o verdades fundamentales por donde se empiezan a estudiar las ciencias o las artes.
6. m. Norma o idea fundamental que rige el pensamiento o la conducta. U. m. en pl.
principio de legalidad.
1. m. Der. principio jurídico en virtud del cual los ciudadanos y todos los poderes públicos están sometidos a las leyes y al derecho.
nación. (Del lat. natĭo, -ōnis).
1. f. Conjunto de los habitantes de un país regido por el mismo gobierno.
3. f. Conjunto de personas de un mismo origen y que generalmente hablan un mismo idioma y tienen una tradición común.
gobierno.
1. m. Acción y efecto de gobernar o gobernarse.
2. m. Conjunto de los ministros de un Estado.
ORTOGR. Escr. con may. inicial.
3. m. Empleo, ministerio y dignidad de gobernador.
4. m. Distrito o territorio en que tiene jurisdicción o autoridad el gobernador.
Gobierno absoluto.
1. m. Aquel en que todos los poderes se hallan reunidos en una sola persona o cuerpo, sin limitación, especialmente en un monarca.
Jefe de Gobierno.
1. com. Presidente del Consejo de Ministros.
Estado
5. m. Conjunto de los órganos de gobierno de un país soberano.
6. m. En el régimen federal, porción de territorio cuyos habitantes se rigen por leyes propias, aunque estén sometidos en ciertos asuntos a las decisiones de un gobierno común.
3. f. Precepto dictado por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados.
Derecho público.
1. m. El que tiene por objeto regular el orden general del Estado y sus relaciones, ya con los súbditos, ya con los demás Estados.
Derecho político.
1. m. El que regula el orden y funcionamiento de los poderes del Estado y sus relaciones con los ciudadanos.
Delito político.
matón, na.(De matar).
1. m. coloq. Hombre jactancioso y pendenciero, que procura intimidar a los demás.
2. adj. coloq. Ec. Estudiante muy aplicado. U. t. c. s.
1. f. Falta de ciencia, de letras y noticias, general o particular.
1. f. Der. Desconocimiento de la ley, el cual a nadie excusa, porque rige la necesaria presunción o ficción de que, promulgada aquella, han de saberla todos.
1. f. La que tiene alguien de algo, por no alcanzar motivo o razón para desconfiar de ello.
1. f. La que procede de negligencia en aprender o inquirir lo que puede y debe saberse.
1. expr. U. para explicar que la ignorancia de las cosas que se deben saber no exime de culpa.
no pecar alguien de ignorancia.
1. loc. verb. Hacer algo con conocimiento de que no es razón el hacerlo, o después de advertido de que no lo debía hacer.
estólido, da.
necio, cia.
1. adj. Ignorante y que no sabe lo que podía o debía saber. U. t. c. s.
2. adj. Imprudente o falto de razón. U. t. c. s.
4. adj. Dicho de una cosa: Ejecutada con ignorancia, imprudencia o presunción.
razón.
2. f. Acto de discurrir el entendimiento.
3. f. Palabras o frases con que se expresa el discurso.
4. f. Argumento o demostración que se aduce en apoyo de algo.
1. f. Política y regla con que se dirige y gobierna lo perteneciente al interés y utilidad de la república.
2. f. Consideración de interés superior que se invoca en un Estado para hacer algo contrario a la ley o al derecho.
3. f. Miramiento, consideración que nos mueve a portarnos de cierto modo en la sociedad civil, por lo que podrán juzgar o pensar quienes lo sepan.
razón natural.
1. f. Potencia discursiva del hombre, desnuda de todo matiz científico que la ilustre.
entendimiento.
1. m. Potencia del alma, en virtud de la cual concibe las cosas, las compara, las juzga, e induce y deduce otras de las que ya conoce.
2. m. Alma, en cuanto discurre y raciocina.
4. m. Buen acuerdo, relación amistosa entre los pueblos o sus gobiernos.
5. m. ant. Inteligencia o sentido que se da a lo que se dice o escribe.
inteligencia.
1. f. Capacidad de entender o comprender.
2. f. Capacidad de resolver problemas.
3. f. Conocimiento, comprensión, acto de entender.
4. f. Sentido en que se puede tomar una sentencia, un dicho o una expresión.
tonto, ta.
(De or. expr.).
1. adj. Falto o escaso de entendimiento o razón. U. t. c. s.
2. adj. Dicho de un hecho o de un dicho: Propio de un tonto.
3. adj. coloq. Que padece cierta deficiencia mental.U. t. c. s.
5. adj. coloq. absurdo (‖ contrario y opuesto a la razón).
idiota.
(Del lat. idiōta, y este del gr. ἰδιώτης).
1. adj. Que padece de idiocia. U. t. c. s.
estúpido, da.
1. adj. Necio, falto de inteligencia. U. t. c. s.
2. adj. Dicho de una cosa: Propia de un estúpido.
3. adj. estupefacto.
imbécil.